Texto oficial
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Miguel Segundo Manríquez Torres, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 19 de Agosto de 1969 y el 31 de Marzo de 1972.
Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.