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Artículo UNICO del Decreto Ley 2461

Autoriza, por gracia, a don agustin larraguibel castro para reintegrar imposiciones por el periodo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 174410 / 8364121.

Texto oficial

Artículo único: Autorízase, por gracia, a don Agustín Larraguibel Castro, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Julio de 1931 y el 31 de Agosto de 1938; el 1º de Octubre de 1939 y el 31 de Octubre de 1939; el 1º de Enero de 1940 y el 31 de Mayo de 1958; el 1º de Septiembre de 1958 y el 28 de Febrero de 1959; el 1º de Abril de 1959 y el 31 de Diciembre de 1961. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.