Texto oficial
Artículo único: Autorízase, por gracia, a don Angel Custodio Sanhueza Achondo para que reintegre imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Octubre de 1950 y el 31 de Enero de 1953.
La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.