Texto oficial
1º.- Déjase sin efecto el decreto supremo M.O.P. Nº 586, del 20-4-1978, no tramitado.
2º.- Fíjase como Planta Unica de grados y cargos del personal del Servicio Nacional de Obras Sanitarias, la siguiente:
JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Director Nacional III 2 1
PLANTA DIRECTIVOS SUPERIORES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Subdirector Nacional II 3 1
Jefe de Departamento
Nacional III 4 6
Asesor Jurídico III 4 1
Jefe de Planificación III 4 1
Coordinador Nacional
del Comité de Desarrollo
Institucional III 4 1
10
PLANTA DIRECTIVOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Directivo I 5 12
Directivo II 6 46
Directivo III 7 39
Directivo III 8 21
118
ESCALAFON: JEFATURAS A
PLANTA JEFATURAS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Jefatura A I 9 18
Jefatura A II 10 23
Jefatura A II 11 24
65
ESCALAFON: JEFATURAS B
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Jefatura B I 12 30
Jefatura B I 13 40
Jefatura B II 14 30
100
ESCALAFON: JEFATURAS C
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Jefatura C I 15 44
Jefatura C II 16 35
Jefatura C II 17 83
Jefatura C II 18 43
205
PLANTA PROFESIONAL
ESCALAFON: INGENIEROS CIVILES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Ingeniero Civil I 6 13
Ingeniero Civil II 7 16
Ingeniero Civil II 8 14
Ingeniero Civil II 9 7
Ingeniero Civil III 10 5
55
ESCALAFON: INGENIEROS COMERCIALES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Ingeniero Comercial I 6 1
Ingeniero Comercial I 7 2
Ingeniero Comercial II 8 4
Ingeniero Comercial II 9 2
Ingeniero Comercial III 12 1
10
ESCALAFON: ADMINISTRADORES PUBLICOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Administrador Público I 7 2
Administrador Público II 8 5
Administrador Público II 9 7
Administrador Público II 10 7
Administrador Público II 11 5
Administrador Público III 12 2
28
ESCALAFON: CONTADORES AUDITORES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Contador Auditor I 7 1
Contador Auditor II 8 1
Contador Auditor II 9 2
Contador Auditor II 10 2
Contador Auditor III 12 1
7
ESCALAFON: PROFESIONES VARIAS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Analistas de Sistemas I 6 1
Abogado I 6 1
Abogado I 7 1
Abogado II 8 1
Geólogo II 8 1
Arquitecto II 8 1
Abogado II 9 1
Arquitecto II 9 1
Abogado II 10 1
Geólogo III 10 1
Químico Industrial I 11 2
Geógrafo I 12 1
Psicólogo I 12 1
Nutricionista I 14 1
Bibliotecario I 16 1
Educadora de Párvulos I 16 1
Educadora de Párvulos II 17 1
Bibliotecario II 17 1
19
ESCALAFON: CONSTRUCTORES CIVILES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Constructor Civil I 10 6
Constructor Civil I 11 8
Constructor Civil II 12 10
Constructor Civil II 13 15
Constructor Civil II 14 10
Constructor Civil III 15 8
Constructor Civil III 16 4
Constructor Civil III 17 2
63
ESCALAFON: INGENIEROS DE EJECUCION
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Ingeniero de Ejecución I 10 6
Ingeniero de Ejecución I 11 8
Ingeniero de Ejecución II 12 10
Ingeniero de Ejecución II 13 10
Ingeniero de Ejecución II 14 8
Ingeniero de Ejecución III 15 4
Ingeniero de Ejecución III 16 4
Ingeniero de Ejecución III 17 2
52
ESCALAFON: ASISTENTES SOCIALES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Asistente Social I 12 3
Asistente Social I 13 2
Asistente Social II 14 1
Asistente Social II 16 1
7
ESCALAFON: PERIODISTAS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Periodista I 14 1
Periodista I 15 2
Periodista II 16 2
Periodista II 17 2
Periodista II 18 1
8
ESCALAFON: TECNICOS UNIVERSITARIOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Técnico Universitario I 14 4
Técnico Universitario I 15 4
Técnico Universitario II 16 5
Técnico Universitario II 17 7
Técnico Universitario II 18 7
Técnico Universitario III 19 6
Técnico Universitario III 20 6
Técnico Universitario IV 21 4
Técnico Universitario V 22 3
Técnico Universitario V 23 2
48
PLANTA TECNICA
ESCALAFON: CONTADORES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Contador I 15 3
Contador II 16 3
Contador II 17 4
Contador III 18 4
Contador III 19 5
Contador III 20 7
Contador IV 21 5
Contador IV 22 3
Contador IV 23 3
Contador IV 24 2
39
ESCALAFON: DIBUJANTES TECNICOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Dibujante Técnico I 19 3
Dibujante Técnico I 20 4
Dibujante Técnico I 21 6
Dibujante Técnico II 22 4
Dibujante Técnico II 23 2
Dibujante Técnico II 24 1
20
ESCALAFON: AUXILIARES DE PARVULOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Auxiliar de Párvulo I 25 3
Auxiliar de Párvulo I 26 4
Auxiliar de Párvulo I 27 3
10
PLANTA ADMINISTRATIVA
ESCALAFON: SECRETARIAS EJECUTIVAS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Secretaria Ejecutiva I 15 2
2
ESCALAFON: SECRETARIAS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Secretaria I 19 20
Secretaria I 20 20
Secretaria I 21 25
Secretaria II 22 25
Secretaria II 23 20
Secretaria II 24 20
Secretaria III 25 20
Secretaria III 26 10
160
ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Oficial Administrativo I 19 60
Oficial Administrativo I 20 65
Oficial Administrativo I 21 70
Oficial Administrativo II 22 90
Oficial Administrativo II 23 120
Oficial Administrativo II 24 80
Oficial Administrativo II 25 60
Oficial Administrativo III 26 60
Oficial Administrativo III 27 58
Oficial Administrativo III 28 40
703
3º.- Fíjase como Planta de Servicios Menores en conformidad al Título IX del D.F.L. Nº 338, de 1960, la siguiente:
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Mayordomo I 21 7
Mayordomo I 22 8
Mayordomo II 23 10
Mayordomo II 24 12
37
ESCALAFON: CELADORES
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Celador I 25 5
Celador I 26 6
Celador I 27 6
Celador I 28 8
Celador I 29 5
Celador II 30 3
Celador II 31 2
35
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Chofer I 22 15
Chofer I 23 20
Chofer II 24 30
Chofer II 25 35
Chofer II 26 30
Chofer III 27 26
Chofer III 28 15
Chofer III 29 10
181
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Auxiliar I 25 60
Auxiliar I 26 80
Auxiliar I 27 90
Auxiliar I 28 100
Auxiliar I 29 140
Auxiliar II 30 120
Auxiliar II 31 110
700
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Encargado de Taller I 19 22
Encargado de Taller I 20 23
Encargado de Taller II 21 25
Encargado de Taller II 22 17
Encargado de Taller II 23 12
99
Nº de
Designación Nivel Grado Cargos
Auxiliar Especializado 21 60
Auxiliar Especializado 22 80
Auxiliar Especializado 23 80
Auxiliar Especializado 24 90
Auxiliar Especializado 25 118
Auxiliar Especializado 26 100
Auxiliar Especializado 27 80
Auxiliar Especializado 28 60
668
4. DE LAS FUNCIONES Y REQUISITOS DE INGRESO PARA EL
ESCALAFON DE CELADORES Y AUXILIARES ESPECIALIZADOS.
4.1. Para ser designado en los cargos que correspondan a cada nivel será necesario cumplir con los requisitos que se fijan para cada uno de ellos.
CELADORES
Gr. EUS. Nivel Función Requisitos
25º I -Realizar personal- a) Educación
mente la vigilancia básica
de plantas de trata- completa.
miento para agua po- -Experiencia
table y aguas servi- de 3 años en
das, informando a la labores
Administración de las equivalen-
mismas sobre tes.
cualquier anomalía
encontrada. b) Acreditar
-Realizar personalmen- ser funcio-
te la vigilancia a nario en re-
sistemas de captación tiro de las
y conducción alejados Fuerzas Ar-
y los cuales no cuen- madas o del
tan con personal Cuerpo de
permanente. Carabineros.
-Realizar personalmen-
te la vigilancia a re-
cintos de estanques
de regulación, plantas
elevadoras u otros que
se le designen.
30º II -Controlar el acceso -6º año de
a los recintos de Educación
plantas de tratamien- Básica.
to, recintos de es- -Experien-
tanques y bodegas. cia de 2
años en
labores
equivalentes.
4.2. En el escalafón genérico de "Auxiliares Especializados", que puede ser integrado por matricero, mecánico, electricista, gasfiter, soldador y carpintero, cada funcionario podrá ingresar o ascender solamente a medida que cumpla los requisitos de los distintos niveles de sus respectivos escalafones, fijados en el decreto supremo Nº 90, del Ministerio de Hacienda, de 1977.
5. DEL PROCESO DE ENCASILLAMIENTO.
5.1. El encasillamiento en la Planta Unica se efectuará discrecionalmente, mediante decretos supremos del Ministerio de Obras Públicas.
5.2. Cuando el encasillamiento signifique un aumento de grado, el personal deberá cumplir los requisitos establecidos en el decreto supremo Nº 90, del Ministerio de Hacienda.
5.3. Desde la fecha de publicación de la Planta Unica que se crea, no procederá proveer por ascenso u otros medios las vacantes que se produzcan en la Planta de Personal de la ex Dirección de Obras Sanitarias.
Asimismo, mientras no se declare cerrado el proceso de encasillamiento, las vacantes que se produzcan en la Planta Unica que se crea no podrán proveerse por ascenso, subsistiendo respecto de los cargos la facultad de encasillar discrecionalmente.
5.4. El encasillamiento es un proceso que consiste en la designación de personal en la nueva Planta, el cual terminará al dictarse el decreto supremo que lo declare cerrado.
El proceso de encasillamiento se irá efectuando por decretos supremos que incluirán nominativa y detalladamente al personal que se encasilla o que se deja fuera de la Planta Unica del Servicio Nacional de Obras Sanitarias o de las Plantas de las Empresas a que se refiere el artículo 8º del decreto ley Nº 2.050, de 1977.
5.5. El personal encasillado en la Planta Unica devengará la remuneración correspondiente al cargo a contar de la fecha de publicación del presente decreto.
Las cesaciones de servicio producirán sus efectos a contar del día 1º del mes siguiente a la fecha de tramitación del decreto de exclusión de la Planta Unica.
5.6. El proceso de encasillamiento deberá efectuarse dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación del presente decreto.
Para un mejor ordenamiento deberán refundirse en un solo texto todos los decretos de encasillamiento en la Planta Unica.
5.7. Las diferencias de remuneraciones que pudieren producirse por encasillamiento en grado inferior, se pagarán por planillas suplementarias imponibles en la misma proporción que la remuneración que compensa y serán absorbidas por los ascensos que beneficien al funcionario.
5.8. Cuando el encasillamiento implique cambio de institución, no se afectará la antigüedad del personal en el Servicio ni en el cargo, y se aplicará lo establecido en el decreto ley Nº 1.607, de 1978.
5.9. El personal que sea encasillado en la Planta Unica con un régimen previsional distinto, podrá optar, dentro del plazo de un año a contar de la fecha del encasillamiento, por conservar su régimen previsional.