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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 1009

Fija planta del servicio nacional de menores y señala normas sobre traspaso de las casas y hogares de menores del servicio nacional de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 174803 / 7276342.

Texto oficial

Artículo 2º.- Los Ayudantes de Rehabilitación de Menores desempeñarán las siguientes funciones y estarán comprendidos en los grados y niveles de la Escala Unica de Sueldos, que se indican: Gr.E.U. Nivel Función Requisitos Actuar como educador 4º Año de permanente y como enseñanza 19 agente de cambios en Media. establecimientos de Curso de 20 I rehabilitación de me- capacitación nores, trabajando di- de 80 horas, 21 rectamente con ellos. a lo menos. Cuidar orden y disci- Experiencia plina y conservación de 2 años y 6 de locales de dichos meses en car- establecimientos. gos de nivel previo o 3 años y 6 meses en labores equivalentes. Realizar labores de 2º Año de 22 enseñanza en distin- Enseñanza 23 tos niveles en esta- Media. 24 blecimientos de reha- 25 II bilitación de meno- Curso de 26 res, cuidando el Capacitación 27 orden y disciplina y de 40 horas, 28 conservación de a lo menos. locales y lugares destinados al efecto.