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Artículo 21 del Decreto Ley 603

Crea sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 174874 / 8796211.

Texto oficial

Artículo 21º.- Para todos los efectos derivados del presente decreto ley los respectivos institutos previsionales serán los responsables de otorgar y pagar los subsidios de cesantía que fueren procedentes, respecto de sus propios imponentes.