Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 2357

Abona, por gracia, tiempo que indica a don jose luis vasquez collao

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 175087 / 8364296.

Texto oficial

Artículo único.- Abónese, por gracia, como tiempo efectivamente trabajado el lapso entre el 19 de Julio de 1970 al 19 de Julio de 1973, a don José Luis Vásquez Collao, para todos los efectos legales y en especial para que su viuda doña Olga Ocaranza Vega impetre el montepío correspondiente. La Caja de Previsión de Carabineros de Chile procederá a recibir las imposiciones correspondientes, las que serán de cargo de la interesada.