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Artículo UNICO de la Ley 19.691 · Modifica la ley nº 19.677 referida al fondo de garantia para pequeños empresarios

Modifica la ley nº 19.677 referida al fondo de garantia para pequeños empresarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 176010 · idParte: 7276796

Texto oficial

''Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 2º de la ley Nº 19.677 la frase inicial: ''Dentro de los 90 días siguientes a la fecha de publicación de esta ley,'' por la siguiente: ''Hasta el 30 de diciembre del año 2000,''.''.