Texto oficial
Artículo 225.- Prohibición de utilización. Los
resultados de la medida de interceptación telefónica o de
otras formas de comunicaciones no podrán ser utilizados como Ley 21459
medios de prueba en el procedimiento, cuando ella hubiere Art. 18 N° 3
tenido lugar fuera de los supuestos previstos por la ley o D.O. 20.06.2022
cuando no se hubieren cumplido los requisitos previstos en
el artículo 222 para la procedencia de la misma.