Texto oficial
Artículo 429.- Efectos de la sentencia que declara
inadmisible la querella de capítulos. Si, en el caso del
inciso primero del artículo 425, la Corte de Apelaciones
declarare inadmisibles todos los capítulos de acusación
comprendidos en la querella, tal resolución producirá los
efectos del sobreseimiento definitivo respecto del juez,
fiscal judicial o fiscal del ministerio público favorecido
con aquella declaración.
Tratándose de la situación contemplada en el inciso
final del mismo artículo, el juez de garantía no admitirá
a tramitación la querella que ante él se hubiere
presentado y archivará los antecedentes.