Texto oficial
Artículo 472.- Ejecución civil. En el cumplimiento de
la decisión civil de la sentencia, regirán las
disposiciones sobre ejecución de las resoluciones
judiciales que establece el Código de Procedimiento Civil.
Establece código procesal penal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176595 / 8647073.