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Artículo 2 del Decreto Ley 243

Deroga decreto-ley 9, de junio ultimo; y modifica ley 4.496

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176985 / 7277904.

Texto oficial

Art. 2º Modifícanse los artículos que se indican de la ley número 4,496, de 10 de Diciembre de 1928, en la siguiente forma: "Art. 6º La administración superior de la Caja de Colonización Agrícola corresponderá a un Consejo, compuesto por el director general de Tierras y Colonización, que lo presidirá, del director de la Caja de Colonización Agrícola, del jefe del Departamento de Colonización y Propiedad Austral, de un consejero propuesto por la Caja de Crédito Agrario y de dos consejeros designados por el Presidente de la República y elegidos de entre los colonos. El Ministro de Tierras y Colonización presidirá las sesiones del Consejo, cuando asistiere a ellas. El secretario de la Caja lo será, a la vez del Consejo". "Art. 8º El fiscal y los demás jefes de servicios de la Caja, serán nombrados por el Presidente de la República. El resto del personal será nombrado por el Consejo, a propuesta del director. El director de la Caja será nombrado por el Presidente de la República, de una terna propuesta por el Consejo".