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Artículo del Decreto Ley 2258

Concede pension, por gracia, a don santiago urenda trigo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 177520 / 8364689.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Santiago Urenda Trigo, una pensión de seis sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.