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Artículo UNICO del Decreto 1430

Promulga el acuerdo con austria para la promocion y protección reciprocas de las inversiones y su protocolo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 177948 / 6309004.

Texto oficial

Artículo único.- Promúlganse el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Austria para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones y su Protocolo, suscritos el 8 de septiembre de 1997; cúmplanse y llévense a efecto como ley y publíquese copia autorizada de sus textos en el Diario Oficial.