Texto oficial
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don
Eduardo Avello Arellano, para todos los efectos legales, el
tiempo efectivamente servido entre el 1º de Febrero al 2 de
Marzo de 1944; 13 de Marzo al 5 de Abril de 1944, y desde el
12 de Julio al 31 de Diciembre de 1944. La Caja Nacional de
Empleados Públicos y Periodistas, procederá a la
recepción de las imposiciones por el período señalado,
las que serán de cargo del interesado.