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Artículo 2 del Decreto Ley 1294

Introduce las modificaciones que indica al decreto ley nº 293, de 1974, sobre impuesto a las patentes de vehiculos motorizados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 178266 · idParte: 7278364

Texto oficial

Artículo 2º.- Las modificaciones al decreto ley número 293, de 1974, que contiene el presente decreto ley, tendrán vigencia desde el 1º de Enero de 1976.