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Artículo 1 de la Ley 19.704

Modifica la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, el decreto ley nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y la ley nº 17.235, sobre impuesto territorial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 179502 / 8577713.

Texto oficial

''Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 14 de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 2/19.602, de Interior, publicado en el Diario Oficial del 11 de enero de 2000: a) Incorpórase, en el número 1 del inciso segundo, a continuación del punto y coma (;), la siguiente oración final: ''no obstante, tratándose de las municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura, su aporte por este concepto será de un sesenta y cinco por ciento;''. b) Reemplázase, en el número 2 del mismo inciso segundo, la expresión ''cincuenta'' por ''sesenta y dos coma cinco''.