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Artículo UNICO del Decreto Ley 1971

Autoriza al club de remeros centenario, de valdivia, para ceder terreno que indica, al fisco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 179732 / 6315056.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Club de Remeros Centenario, de Valdivia, para ceder gratuitamente al Fisco un retazo de terreno de 1.138,41 metros cuadrados, ubicado dentro del predio de mayor cabida que le fuera cedido por la Corporación de Fomento de la Producción por escritura pública de 24 de Marzo de 1977, en el notario público y Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, inscrito a fojas 325, Nº 351, del Registro de Propiedad del citado Conservador, correspondiente al año 1977, otorgada en virtud de la autorización contenida en la ley Nº 17.467, de 1971. El Fisco destinará a la Dirección General de Deportes y Recreación el terreno cedido, a fin de que dicha Dirección construya una pileta para la enseñanza y práctica del remo a todo nivel.