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Artículo del Decreto Ley 1864

Autoriza al banco central de chile para utilizar sus reservas con el fin de aumentar la cuota de derechos especiales de giro que corresponde a chile en el fondo monetario internacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180631 / 6317879.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Banco Central de Chile para emplear su disponibilidad de reservas con el fin de aumentar hasta la suma de 217 millones de Derechos Especiales de Giro la cuota que corresponde a Chile en el Fondo Monetario Internacional.