Texto oficial
Artículo 5º.- La reconstrucción, restauración y habilitación material de la Casa Colorada será efectuada por la Municipalidad de Santiago, con cargo a su presupuesto, previo informe del Consejo de Monumentos Nacionales.
Autoriza a la municipalidad de santiago para expropiar el inmueble denominado casa colorada, ubicado en la comuna de santiago
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180639 / 8365231.