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Artículo UNICO de la Ley 13.510 · Concede pension, por gracia, a doña luz saenz viuda de urrutia

Concede pension, por gracia, a doña luz saenz viuda de urrutia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180776 / 6318469.

Texto oficial

"Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Luz Sáenz viuda de Urrutia Semir, una pensión de $ 30.000 mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."