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Artículo 2 del Decreto Ley 1879

Modifica decreto supremo nº 242, de 1976, y establece normas administrativas aplicables al sector vivienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180813 / 6318586.

Texto oficial

Artículo 2º.- Establécese un nuevo plazo de un año, contado desde el 1º de Julio de 1977, para efectuar el encasillamiento a que se refieren el decreto ley Nº 1.305, y el decreto supremo Nº 242, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.