Texto oficial
"Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Jesus Ester Suarez Zamorano y a doña Martina Del Carmen Suarez Zamorano, una pensión de $ 20.000 mensuales a cada una, con derecho a acrecer entre ellas.
El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al respectivo ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."