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Artículo UNICO de la Ley 13.537 · Concede pension, por gracia, a doña maria luisa duran sepulveda

Concede pension, por gracia, a doña maria luisa duran sepulveda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180952 / 6319113.

Texto oficial

"Artículo único. Concédese, por gracia, a doña María Luisa Durán Sepúlveda, una pensión de $ 35.000 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."