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Artículo UNICO de la Ley 13.489 · Modifica la ley n.o 12.693, de 15 de noviembre de 1957

Modifica la ley n.o 12.693, de 15 de noviembre de 1957

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181273 / 9052195.

Texto oficial

"Artículo único. Agrégase al artículo único de la ley N.o 12.693, de 15 de Diciembre de 1957, el siguente inciso: "El gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."