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Artículo UNICO del Decreto Ley 1924

Aprueba el convenio de turismo y tránsito de pasajeros, sus equipajes y vehículos, entre las repúblicas de chile y del paraguay, suscrito en asunción el 16 de diciembre de 1976.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181348 / 8801822.

Texto oficial

Artículo único.- Apruébase el Convenio de Turismo y Tránsito de Pasajeros, sus Equipajes y Vehículos, entre la República de Chile y la República del Paraguay, suscrito en Asunción, Paraguay, el 16 de Diciembre de 1976.