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Artículo UNICO del Decreto Ley 1897

Concede pension, por gracia, a marta y maria irenia marquez cartagena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181366 / 8365456.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Marta y María Irenia Márquez Cartagena, una pensión de un sueldo vital, a cada una, de la Región Metropolitana de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.