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Artículo del Decreto Ley 1964

Reconoce, por gracia, tiempo que indica a don ricardo ernesto allende burgos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181409 / 8365558.

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Ricardo Ernesto Allende Burgos, el período de tiempo efectivamente trabajado, comprendido entre el 1º de Junio y el 31 de Diciembre de 1969, para todos los efectos legales y en especial para que su cónyuge viuda, doña Florentina Esther Annunziata Contreras pueda disfrutar el beneficio del montepío. Las imposiciones serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a su recepción y a otorgar a la beneficiaria dicho beneficio, a contar desde la publicación de este decreto ley en el Diario Oficial.