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Artículo UNICO del Decreto Ley 1717

Otorga, por gracia, beneficio que indica a don abelardo santiago machuca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182180 / 8365708.

Texto oficial

Artículo único.- Reconócese, por gracia, en la hoja de servicios de don Abelardo Santiago Machuca, un año, tres meses y 19 días de trabajo como servicios efectivamente prestados, para el solo efecto de acreditar el tiempo necesario que le permita incorporar a su pensión de retiro el beneficio establecido en el artículo 187, del DFL. Nº 1, de 1968.