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Artículo UNICO del Decreto Ley 1755

Renueva atribuciones conferidas a la caja central de ahorros y prestamos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182196 / 7280781.

Texto oficial

Artículo único.- Renuévanse hasta el 31 de Diciembre de 1977 las facultades conferidas a la Caja Central de Ahorros y Préstamos por el decreto ley Nº 974, de 1975, y renovadas por el decreto ley Nº 1.405, de 1976. Respecto de las atribuciones que se señalan en el artículo 2º del decreto ley Nº 974, de 1975, se entenderán referidas a las operaciones realizadas por las asociaciones de ahorro y préstamo en el período que finalizó el 31 de Diciembre de 1976.