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Artículo UNICO del Decreto Ley 283

Exime de los impuestos que indica a la comision especial de saneamiento, creada por ley nº 16.536

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183274 / 6327908.

Texto oficial

"Artículo único.- La Comisión Especial de Saneamiento, creada por la ley Nº 16.536, estará exenta de todo impuesto, tasa, derecho o contribución municipal. Respecto de los tributos fiscales, sea que ellos tengan el carácter de impuestos, contribuciones, tasas, derechos u otro tipo de gravámenes, incluso los que se perciban por las aduanas, la Comisión Especial de Saneamiento tendrá el mismo régimen que afecta a las Municipalidades, gozando por lo tanto, de las rebajas que beneficien actualmente o en el futuro a dichas corporaciones."