Texto oficial
"Artículo 1º.- Créase una Comisión Especial entre Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y Chile, por otra, con el objeto de que, en el plazo de veinticuatro días, a partir de la fecha del presente Protocolo, acuerde un régimen especial y por un plazo definido, al que se sujetarán entre ellos los derechos y obligaciones derivados de su condición de Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.