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Artículo UNICO del Decreto Ley 1657

Concede pension de gracia a doña clarisa luisa fuentes lastra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183390 / 8365899.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Clarisa Luisa Fuentes Lastra una pensión equivalente a tres sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago. El gasto que importe la aplicación de este decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.