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Artículo UNICO del Decreto Ley 1658

Concede pension, por gracia, a don florentino antivil painenao

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183391 / 8365902.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Florentino Antivil Painenao una pensión equivalente a tres sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.