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Artículo de Resolución 635

Reglamenta luz de seguridad estroboscopica en vehiculos de transporte remunerado de escolares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 184418 / 6331650.

Texto oficial

1. La luz de seguridad estroboscópica que deben llevar los vehículos destinados al transporte remunerado de escolares, deberá cumplir, al menos, con las características siguientes: a) Base resistente a la corrosión y condiciones ambientales extremas, debiendo permitir su instalación temporal o permanente en el techo del vehículo; b) Mica con lentes de fresnel; c) Color de mica: ámbar; d) Alto de mica de 70 mm. o más; e) Diámetro de mica de 50 mm. o más; f) Ser destellante, de 60 a 80 destellos por minuto; g) 12 a 24 volt corriente continua, y h) Potencia de 5 watts. 2. La presente resolución regirá a contar del 1 de julio de 2001.