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Artículo 3 de la Ley 12.667

Modifica la ley n.o 11.827, dispone la pavimentacion de la via denominada vicuña mackenna y destina fondos para ejecutar trabajos de pavimentacion en las comunas que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 185123 / 6334343.

Texto oficial

Artículo 3.o Para atender a los trabajos de conservación de las vías a que se refiere la presente ley, en las comunas de San Bernardo, Cisterna, San Miguel y La Granja, destínase el 20% del producido del impuesto establecido en estas comunas por el artículo 3.o de la ley N.o 11.827, más el aporte fiscal a que se refiere el inciso 3.o del artículo 2.o de la ley 9.938.