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Artículo UNICO de la Ley 19.730 · Actualiza multas en la ley nº 11.564

Actualiza multas en la ley nº 11.564

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 185807 / 6336756.

Texto oficial

"Artículo único.- Sustitúyese en el artículo 3º de la ley Nº 11.564, sobre mataderos clandestinos, la expresión "multa de cinco a cien escudos" por "multa de once a quince unidades tributarias mensuales".".