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Artículo de Auto Acordado S/N

Dicta auto acordado sobre designacion e ingresos de asuntos nuevos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 186254 / 7283628.

Texto oficial

1.- A partir del 18 de junio próximo todas las demandas civiles y las querellas criminales cuyo conocimiento corresponde a los Juzgados de Letras en lo Civil y del Crimen de Rancagua, deberán ser ingresadas por los interesados en la Oficina de Distribución de Causas de la Secretaría de esta Corte de Apelaciones. Del mismo modo, a partir de la referida fecha, en la señalada oficina deberán ingresarse todos los asuntos de jurisdicción voluntaria, los exhortos civiles y los demás asuntos referidos a materias propias del turno no afectas actualmente a distribución, que sean de competencia de los Juzgados Civiles de esta ciudad, excepto los asuntos de violencia intrafamiliar. 2.- A contar de la misma fecha, la primera presentación en los asuntos referidos en el número anterior deberá contener, antes del texto de la suma, los siguientes datos: a) La materia de la demanda, querella o gestión; b) El procedimiento que le corresponda; c) Nombre completo, RUT o cédula nacional de identidad del o de los demandantes, querellantes o peticionarios, en su caso, debiendo exhibirse fotocopia del RUT o cédula nacional de identidad; d) Nombre completo y RUT o cédula nacional de identidad del difunto, en actos relativos a fallecidos, debiendo exhibirse fotocopia de la cédula nacional de identidad; e) Nombre completo y RUT o cédula nacional de identidad del abogado patrocinante, debiendo exhibirse fotocopia de la cédula nacional de identidad; f) Nombre completo del o de los apoderados, con indicación del número de su cédula nacional de identidad; g) Nombre completo del o de los demandados o querellados en su caso, con indicación de su RUT o cédula nacional de identidad, si fuera conocida. 3.- El personal encargado de la recepción de los respectivos escritos podrá exigir a las personas que hagan entrega de los mismos, la exhibición de los señalados RUT o cédula nacional de identidad en original o fotocopia; 4.- La fecha de recepción de los asuntos no contenciosos en la Oficina de Distribución de Causas, será considerada fecha de presentación de la solicitud ante el respectivo Juzgado de Turno.