Texto oficial
Artículo 4º.- La Dirección General de Metro estará integrada por los siguientes servicios:
Dirección de Obras Civiles Dirección Eléctrica Dirección Mecánica Asimismo, formarán parte de la Dirección General los siguientes Departamentos:
Departamento Jurídico Departamento de Planificación y Finanzas Departamento de Presupuesto y Contabilidad Departamento de Secretaría General.
Además la Dirección General contará con un órgano asesor que se denominará Consejo General Asesor.