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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 29

Crea establecimiento de salud de caracter experimental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 187897 / 7284542.

Texto oficial

Artículo 10.- El Establecimiento estará sujeto a una evaluación anual efectuada por el Ministerio de Salud. Dicha evaluación deberá efectuarse conforme a criterios establecidos con la debida antelación y de común acuerdo entre el Ministerio de Salud y el Jefe Superior del Establecimiento. Estos criterios necesariamente deberán considerar la evaluación de la gestión por resultados de salud, objetivos y metas de producción de servicios y gestión sanitaria.