Texto oficial
Artículo primero: Los funcionarios que a la fecha de
entrada en vigencia de este decreto con fuerza de ley se
encontraren en funciones en el Hospital Padre Alberto
Hurtado, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur
Oriente, serán contratados sin solución de continuidad ni
sujeción a las normas de selección establecidas en el
artículo 14, en el servicio público denominado Hospital
Padre Alberto Hurtado.