Texto oficial
1.- Delégase en los Sres. Gobernadores Provinciales del país y Sr. Intendente de la Región Metropolitana, la atribución de cambiar la condición jurídica de los extranjeros turistas que se encuentran en el país por las calidades de residentes con visación de Estudiante, Sujeto a Contrato y Temporario, con excepción de la visación de Residente con Asilo Político, y la facultad de prorrogar o no estas visaciones, sea que hayan sido otorgadas por Autoridad Consular Chilena en el exterior, como por el Ministerio del Interior, en uso de las atribuciones conferidas por el DS 1.306, de 1975, de esta Cartera.
Esta delegación regirá, sin perjuicio del ejercicio de las facultades previstas en los arts. 13° del DS 1.306, de 1975, y el art. 10° del DS 940, de 1975, modificado por DS 1.401, de igual año, y DS 1.175, de 1981, todos del Ministerio del Interior.