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Artículo 15 de la Ley Arica

Aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.420. establece incentivos para el desarrollo economico de las provincias de arica y parinacota, y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 189216 / 8648081.

Texto oficial

Artículo 15.- Las mercancías que por cuenta propia o ajena ingresen y se depositen en un centro de exportación podrán ser objeto de uno o más de los siguientes actos: - Exhibidas - Empacadas - Desempacadas - Etiquetadas - Reembaladas - Comercializadas Envasadas, y toda otra actividad similar destinada a la comercialización.