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Artículo 21 de la Ley Arica

Aprueba texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 19.420. establece incentivos para el desarrollo economico de las provincias de arica y parinacota, y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 189216 / 8648088.

Texto oficial

Artículo 21.- Sustitúyese en el artículo 7° del decreto ley N° 1.939, de 1977, el guarismo ''veinte'' por ''cuarenta''. (19)