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Artículo 1 del Decreto 463

Aprueba reglamento orgánico de la academia diplomatica de chile "andres bello"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190363 / 8648113.

Texto oficial

Artículo 1° El Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con un centro docente que se denomina Academia Diplomática de Chile y que lleva el nombre patronímico de don Andrés Bello.