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Artículo 4 de la Ley 11.308

Aumenta en un millon de pesos anuales la cantidad que el fisco debe entregar a la universidad de chile, autoriza a esta corporacion para contratar emprestitos hasta por 12 millones de pesos para terminar la construccion del edificio que posee en valparaiso, faculta al banco del estado de chile u otras instituciones para tomar los emprestitos que autoriza esta ley

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 190480 / 7286376.

Texto oficial

Artículo 4º.- La Universidad de Chile consultará anualmente en su presupuesto las sumas necesarias para hacer el servicio de los empréstitos autorizados por el artículo 2º, destinando preferentemente a este objeto los fondos que consulta el artículo 1º de esta ley.