Texto oficial
Art. 75.- Su plan general de enseñanza será de
carácter industrial y agrícola y comprenderá: el ciclo
completo de instrucción primaria, el primer grado de la
enseñanza industrial que proporciona la Escuela de Artes y
Oficios, y el programa de las escuelas prácticas de
agricultura. Comprenderá, además, la enseñanza musical
correspondiente al grado elemental en el programa del
Conservatorio Nacional de Música. Y consultará, asimismo,
en cuanto sea posible, la enseñanza práctica de oficios no
comprendidos en los programas citados anteriormente, y que
permitan a los alumnos dedicarse al trabajo de acuerdo con
sus aptitudes.