Texto oficial
Artículo 7°.- Créase en la Municipalidad de Tierra Amarilla un Juzgado de Policía Local.
Al efecto, modifícase el artículo 3º del decreto con fuerza de ley Nº 311-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Tierra Amarilla, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 8º.