Texto oficial
Artículo 71.- Créase en la Municipalidad de Cisnes un Juzgado de Policía Local.
Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº43-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Cisnes, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 8º.