Texto oficial
Artículo 96.- Créase en la Municipalidad de Providencia un Juzgado de Policía Local, que se denominará "Tercer Juzgado de Policía Local".
Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº 6-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Providencia, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez 3er. Juzgado de Policía Local, grado 3º; y en la planta de "Profesionales", creando un cargo de Secretario 3er. Juzgado de Policía Local, grado 5º, para cuyo desempeño se requerirá título de Abogado.